Como consecuencia de la actual crisis habitacional que enfrentan numerosas familias cordobesas, la Delegación de Servicios Sociales, en colaboración con VIMCORSA, ha detallado la estructura y el procedimiento de las ayudas económicas destinadas al alquiler de vivienda. Esta iniciativa, dotada inicialmente con un millón de euros y la posibilidad de extenderse hasta los 1,5 millones, se presenta como un baluarte contra la exclusión y la vulnerabilidad habitacional en la ciudad.
La gestión de estas ayudas, que antes corría a cargo exclusivamente de VIMCORSA, la empresa municipal de vivienda, se enriquece ahora con un programa detallado que establece los criterios y procedimientos específicos para su concesión. Este esfuerzo conjunto busca proporcionar apoyo a personas y familias que se encuentran en situaciones de emergencia habitacional, ofreciendo prestaciones económicas, normalmente de carácter periódico, para facilitar el acceso al alquiler de una vivienda.
Compatibilidad y colaboración
Un aspecto destacado de estas ayudas es su compatibilidad con otras subvenciones ofrecidas por la Junta de Andalucía, siempre y cuando el total no supere el importe del alquiler. Este enfoque integral asegura un soporte más amplio para los beneficiarios, evitando la duplicidad y maximizando la eficacia del apoyo proporcionado.
Procedimientos y requisitos
El procedimiento podrá ser iniciado por un Centro de Servicios Sociales Comunitarios, de la Oficina Municipal en Defensa de la Vivienda o de los Equipos de Tratamiento Familiar. La evaluación de la capacidad económica de los solicitantes y la determinación de la cantidad adecuada para el alquiler son pasos fundamentales en este proceso. Además, se considera la posibilidad de compartir vivienda o la asignación a viviendas tuteladas, en casos recomendados por los informes técnicos.
Los beneficiarios deben estar inscritos en el padrón de habitantes de Córdoba por un mínimo de seis meses antes de iniciar el procedimiento y demostrar una necesidad de emergencia habitacional a causa de:
- Desahucio por impago de alquiler, ejecución hipotecaria y supuestos análogos derivando en riesgo o pérdida de la vivienda habitual sin alternativa habitacional.
- Malos tratos que justifiquen la necesidad de vivienda, especialmente en los casos de violencia de género y unidades de convivencia con menores.
- Carecer de vivienda habitual y/o alojamiento provisional en centros de acogida o en domicilios de familiares en situación de hacinamiento.
- Miembro de la unidad familiar con movilidad reducida en vivienda habitual que no reúne condiciones de accesibilidad. Situación de infravivienda.
El límite máximo de renta para acceder al programa varía según la composición de la unidad familiar, desde 1 IPREM (600 euros al mes) para una persona hasta 2 IPREM (1.200 euros al mes) para unidades de más de cuatro personas.
Importe y duración de las ayudas
Las ayudas ofrecidas pueden alcanzar un máximo de 6.000 euros por un periodo de hasta un año, cubriendo tanto nuevos contratos de arrendamiento como la continuidad de contratos ya existentes. En circunstancias excepcionales, la Junta de Gobierno Local puede acordar importes mayores.
Las solicitudes podrán presentarse durante todo el año 2024.
Con esta ampliación de las ayudas se busca aliviar la carga del alquiler para los más afectados por la crisis habitacional, promoviendo una mayor estabilidad social en la comunidad.
Más información: Bases de la ayuda al alquiler