Madrid ayudará a las pymes agroalimentarias con 3,5 millones de euros

La Comunidad de Madrid anuncia subvenciones para el sector agroalimentario para fomentar la transformación y comercialización de productos agrarios

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La Comunidad de Madrid, con el objetivo de reforzar el sector agroalimentario y potenciar la economía rural, ha lanzado una convocatoria de ayudas destinadas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias. Esta iniciativa, enmarcada dentro de la Orden 967/2024 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, busca apoyar las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios. Con una dotación de 3,5 millones de euros, estas subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), demostrando el interés conjunto de Madrid y la Unión Europea por una industria agroalimentaria más competitiva, sostenible e innovadora.

El sector agroalimentario, piedra angular de la economía rural europea y madrileña, enfrenta el desafío de adaptarse a un mercado globalizado que demanda productos de alta calidad, con valor añadido y producidos bajo estrictas normativas higiénico-sanitarias. En este contexto, la convocatoria 2024 pone especial énfasis en proyectos que mejoren el rendimiento y desarrollo económico de las empresas, fomenten la producción de calidad, incrementen la seguridad alimentaria, y promuevan la innovación y la transformación digital. Se busca, además, la creación de cadenas cortas de comercialización y la valorización de subproductos agrarios, entre otros objetivos.

Beneficiarios y condiciones

Las ayudas están dirigidas a industrias agroalimentarias ubicadas en la Comunidad de Madrid que cumplan con los criterios de tamaño y facturación establecidos en la convocatoria. Además, es crucial que las inversiones se localicen en el medio rural y se centren en productos agrícolas definidos en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea o en el algodón, excluyendo productos de la pesca y alimentos no contemplados en dicho anexo, a menos que se vinculen directamente con el sector agrario rural.

El Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea detalla una amplia gama de productos agrícolas y alimenticios, estableciendo una lista específica para las políticas agrícolas comunes. Esta lista incluye:

  • Animales vivos y productos derivados: abarcando desde animales vivos hasta carnes, despojos comestibles, y productos como la leche, productos lácteos, huevos y miel natural.
  • Productos del mar: incluyendo pescados, crustáceos y moluscos.
  • Productos agrícolas: legumbres, plantas, raíces, tubérculos alimenticios, frutos comestibles, café, té, especias (excluyendo la yerba mate), cereales, productos de la molinería, y semillas y frutos oleaginosos.
  • Otros productos: esto abarca desde pectina, grasas animales y vegetales (incluida la margarina y sucedáneos de la manteca de cerdo), hasta residuos procedentes del tratamiento de cuerpos grasos animales o vegetales.
  • Productos preparados: como preparados de carnes, de pescados, de crustáceos, de moluscos, preparados de legumbres, de hortalizas, de frutas, y alimentos preparados para animales.
  • Azúcares y derivados: contempla azúcares de remolacha y de caña, otros azúcares, jarabes, melazas, y azúcares aromatizados o con adición de colorantes.
  • Productos de cacao: desde el cacao en grano hasta la cáscara, cascarilla y residuos de cacao.
  • Bebidas alcohólicas y vinagre: incluye mosto de uva parcialmente fermentado, vinos de uva, sidra, perada, aguamiel, otras bebidas fermentadas, alcohol etílico y vinagre.
  • Tabaco y corcho: abarca el tabaco en rama o sin elaborar, desperdicios de tabaco, y corcho natural en bruto y desperdicios de corcho.
  • Textiles de origen agrícola: como el lino y el cáñamo en varias formas de procesamiento, sin llegar a ser hilado.

Las empresas interesadas deberán demostrar no solo su viabilidad técnica y económica sino también su compromiso con el medio ambiente y el bienestar animal. Además, se excluye a las empresas en situación de crisis o con dificultades financieras, así como aquellas que no estén al corriente de sus obligaciones fiscales y sociales.

Financiación y distribución del presupuesto

El presupuesto de 3,5 millones de euros se distribuirá entre inversiones realizadas por entidades asociativas, como cooperativas y sociedades agrarias de transformación, y el resto de las inversiones por empresas que no se engloben en esta categoría. En caso de que las solicitudes superen el crédito inicialmente aprobado, se podría disponer de una cuantía adicional de 1,75 millones de euros, asegurando así un mayor alcance de esta iniciativa.

El crédito asignado se distribuirá de la siguiente manera:

Gastos subvencionables y cuantía de la ayuda

Se subvencionarán inversiones relacionadas con la mejora de inmuebles, adquisición de maquinaria nueva, implementación de sistemas de calidad certificados, entre otros aspectos vinculados al crecimiento y modernización de la industria agroalimentaria. La cuantía básica de la ayuda será del 20% del coste total subvencionable, pudiendo incrementarse en función de diversos criterios como la ubicación rural de la inversión, el porcentaje de materia prima local utilizada, o la producción de alimentos ecológicos.

Proceso de selección y justificación

La selección de proyectos se realizará mediante un proceso de concurrencia competitiva, priorizando aquellos que contribuyan significativamente a los objetivos establecidos. Los beneficiarios tendrán que justificar adecuadamente la inversión realizada y cumplir con los requisitos y condiciones especificados en la convocatoria para recibir el pago final de la subvención.

Esta convocatoria representa una oportunidad clave para las empresas agroalimentarias de Madrid de avanzar hacia una mayor competitividad, sostenibilidad e innovación, alineándose con las estrategias de desarrollo rural de la Unión Europea y contribuyendo al fortalecimiento económico de la región.

Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y permanecerá abierto durante un mes.

Las solicitudes deben dirigirse exclusivamente por medios electrónicos a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, conforme al modelo oficial disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. 

Más información: Convocatoria de la ayuda

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